Con fecha de 6 de octubre de 2020, la empresa y los sindicatos mayoritarios alcanzaron un acuerdo, el cual incluía la obligación del personal habilitado a conducción del Grupo T a realizar la formación de Ayudante de Tracción; SEMAF no firmó dicha acta.

A fecha de cinco de noviembre, un responsable de formación se puso en contacto por teléfono con un número de trabajadores afectados, para informarles que el siguiente lunes nueve de noviembre iniciarían la formación teórica obligatoria de Ayudante de Tracción; sin, en ningún momento, informar a los sindicatos que componen el Comité de Empresa.

Esta formación, se daría de ocho de la mañana a doce del mediodía, en el edificio NEO de Sarriá, con una duración superior a un mes. Realizada fuera de jornada laboral, debiendo los afectados, trabajar después sus turnos de conducción asignados. Trabajadores a los que terminando su jornada laboral en Martorell pasada la medianoche, se les exigió acudir al curso a las 8 de la mañana, siete horas después de terminar de prestar servicio.

Trabajadores de la línea Llobregat-Anoia, con residencias en ésta, incluyendo Manresa, se han visto obligados unilateralmente a desplazarse diariamente a Sarriá “algunos pagándose parking diariamente” para acudir a una formación cuasi sorpresa. Formación de carácter presencial, pues, escudándose la empresa en la presunta seguridad, espacio y ventilación del aula formativa del NEO, obligó a 16 personas a reunirse en un espacio cerrado, en plena crisis sanitaria. Fueron desoídas las peticiones tanto de los trabajadores afectados como de SEMAF de que esta formación fuese efectuada durante jornada laboral, y garantizando medidas de seguridad más coherentes con la situación actual (formación online, p. ej).

A fecha de 9 de noviembre, desde SEMAF denunciamos este curso formativo a la Inspección de Trabajo, curso donde no se garantizan los más básicos derechos laborales, ni de salud ni de descanso.

Una vez más, FGC prioriza sacar el servicio a la seguridad de la circulación, la de los propios trabajadores y los pasajeros. Tampoco se ha de olvidar que el obligar a realizar una actividad laboral no remunerada fuera de jornada laboral es perfectamente entendible como cierto concepto impropio del siglo en el que nos encontramos.