Llevamos cuatro años desde que nos vimos obligados a abandonar el autoseguro que regía en el Grupo Renfe para la gestión de accidente de trabajo. Desde entonces estamos trabajando con las Mutuas de Trabajo, que son las que gestionan todo lo relacionado con los accidentes de trabajo que sufre cualquier trabajador de nuestras empresas.

Tal y como vaticinábamos no es lo mismo trabajar en unas condiciones que en las anteriores. No obstante, hemos mejorado en algunas cuestiones que al principio teníamos verdaderos problemas entre las partes.

Queremos resaltar en este escrito , la forma de actuar cuando algún compañero sufre un accidente laboral, remarcando las posibilidades de denuncia de situaciones con las que no estamos de acuerdo y recordar la asistencia sanitaria en el extranjero para los compañeros que ejercen sus funciones en distintos países.

Ante cualquier accidente de trabajo, lo primero que tenemos que hacer es notificarlo a la empresa. Esta debe extender el parte de asistencia y si así es posible, acudirá al centro de la Mutua que le corresponda. A cada compañero le han debido notificar qué Mutua le corresponde y el número de teléfono al que debe llamar inmediatamente después a que se produzca un accidente y si no fuera así, hacérnoslo llegar para efectuar la denuncia correspondiente.

Una vez que seamos asistidos, debemos exigir que se nos entregue el informe de todo lo que nos han hecho, es decir, reconocimientos, curas, pruebas, tratamiento etc., ya que están obligados a ello.

Si a nuestro entender la atención no ha sido lo correcta, en todas las Mutuas hay unos impresos y departamentos de reclamaciones; debemos hacer uso de ello, comunicándolo a la vez a nosotros para mantener un control de funcionamiento de todas las Mutuas de Trabajo. Si así lo considera el trabajador afectado, puede acceder al defensor del Mutualista, el cual tiene la función de atender, canalizar y dar respuesta a cualquier queja, reclamación o sugerencia tanto de cualquier trabajador como de cualquier empresa para las que trabajen las Mutuas. Igualmente, cuando se expide un parte de alta con el que no estamos de acuerdo, hay que pedir una determinación de contingencias al INSS en cualquier oficina de este Organismo, procedimiento del que ya informamos en su día, pero que os queremos recordar.

¿Cómo proceder en un accidente de trabajo, cuando se produce en el extranjero?

La forma de proceder en un accidente de trabajo es distinta en los países en el que estemos trabajando. En el caso de Arabia Saudí, hay un seguro que cubre cualquier accidente, pero en Francia y Portugal es distinto.

Todo aquel que trabaja fuera de nuestro país debe tener expedida la tarjeta sanitaria europea. Cuando se produce un accidente lo debemos comunicar igualmente a la empresa, acudirá a un centro sanitario público, a excepción de que la gravedad del accidente aconseje un internamiento urgente donde proceda, en este caso se revertirá cualquier cantidad abonada por el trabajador. En Francia al existir un sistema de copago, en todo caso se paga una cantidad mínima, no reembolsable. Estamos solicitando que se establezca un procedimiento para que el trabajador no tenga que abonar cantidad alguna y que lo asuma la empresa.

La asistencia sanitaria está asegurada en todos los casos con las reseñas que anteriormente hemos mencionado, pero insistimos en la obligada necesidad de tener siempre la tarjeta sanitaria europea en vigor.

Seguidamente os hacemos llegar unos números de teléfonos de cada Mutua a los que podréis llamar para cualquier duda.

FREMAP
+34919196161  /  900610061

FRATERNIDAD MUPRESPA
+34913896398  / 900269269

ASEPEYO
+34934955182  /  900151002