Ayer lunes 7 de septiembre mantuvimos una reunión con la empresa y sindicatos para tratar todas las irregularidades laborales y posteriores reivindicaciones de los trabajadores pertenecientes al grupo de contratación T que han surgido a raíz de la pandemia, y concretamente durante el estado de alarma.

Debemos decir que compartimos todas las propuestas expuestas por los representantes del Comité de Empresa, y estamos totalmente de acuerdo en que hay que cambiar urgentemente el modelo de organización que ellos pactaron, que lleva en vigor desde el año 2005, cuando implantaron conjuntamente Comité de Empresa y empresa la polivalencia funcional en FGC, con todas sus consecuencias negativas. Agravios y vulneraciones de derechos laborales que arrastramos desde entonces.

Lamentamos por eso la tardanza de esta propuesta, y sobre todo que la focalicen únicamente hacia el colectivo de Maquinistas, ya que afecta de la misma manera a otras categorías como son los Agentes de Estaciones habilitados a Ayudantes de Tracción, a Interventores, a Operadores del CSE y a Operadores del CTC, (denominados grupo O).

Hace un tiempo, los agentes suplentes de estaciones con categoría 4b corrieron mejor suerte gracias a que una compañera de este grupo de trabajador@s decidió interponer una demanda contra la empresa reclamando su derecho al reconocimiento de la categoría que realizaba durante mayor tiempo, según recoge en este sentido el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 22.4. En este caso, al sindicato mayoritario, después de muchos años de incumplimientos de esta norma, les convenía arreglarlo y negociaron con la empresa para que les asignaran a todos los afectados la categoría profesional 4b), solucionando el agravio entre trabajadores solo para este grupo reducido de afectados.

En el caso que nos ocupa, no nos han explicado el por qué ahora les ha surgido un nuevo problema (para ellos y para la empresa) con el mismo fondo que en el caso anterior, con el personal habilitado a Maquinista, pero de mayor calado, puesto que este colectivo afecta a un número muy importante de trabajadores, y donde ellos tienen muchos afiliados y afiliadas.

Como consecuencia de que la empresa está recibiendo demandas y avisos de demanda (reclamaciones previas a la vía judicial) por parte de varios trabajadores, la empresa está viendo amenazado el actual sistema de organización, acordado  entre ellos, y que vulnera claramente el derecho de los trabajadores a estar nombrados con la categoría de Maquinista para poder cobrar siempre el salario correspondiente al grupo profesional 4a) al que deben pertenecer, aunque estén de vacaciones o en situación de incapacidad temporal, y, sobre todo, cotizando a la SS como Maquinistas para poder beneficiarse de las bonificaciones por penosidad que conlleva esta categoría profesional a la hora de jubilarse. Bonificación de las que también gozan otras categorías profesionales de FGC como las mencionadas anteriormente y olvidadas en este asunto.

Nos ha sorprendido también, que ya puestos a pedir en una reunión convocada por la empresa solo para hablar, porque las condiciones laborales y contractuales del personal del Grupo T ya están todas pactadas (según nos informó la empresa el día de la convocatoria de esta reunión), ninguno de los sindicatos asistentes propusiera corregir también el actual sistema de guardias encubiertas sin remunerar, denominado PAS, asignado últimamente e indiscriminadamente a este personal y recogido también en los acuerdos del CE y empresa.

Para terminar este comunicado, solo haremos un recordatorio al programa electoral de SEMAF para la presente legislatura, y concretamente a cuatro puntos que ya hicimos públicos en octubre de 2018;

  • Que los Ayudantes de Tracción puedan ir al lavabo y comer al menos 30 minutos en una dependencia debidamente acondicionada para ello.
  • Que se reconozca la categoría de superior función a todos los trabajadores que realicen la polivalencia funcional.
  • Abono de los días de PAS como si fuesen guardias, que lo son.
  • Que se aumente el porcentaje de trabajo hasta el 100% a los trabajadores que excedan en un año el porcentaje al que estén contratados.