El pasado día 30 de octubre se celebró la reunión de la Comisión Negociadora del XVIII Convenio Colectivo, con el fin de ratificar los acuerdos de la Comisión Paritaria, rezaba la citación. Se tomaron dos medidas importantes. SEMAF se ha abstenido en la votación por los siguientes motivos:

La primera medida se ciñe a la cuestión económica y versa sobre la prima de productividad, aumento del fondo de jubilación y atrasos del convenio, pero sobre este tema no vamos a opinar, ya que estamos seguros lo harán con más conocimiento de causa los negociadores y sabrán explicarnos sus bondades.

La segunda medida adoptada es sobre la creación de dos comisiones “delegadas” de la Comisión Paritaria se dice. Una de estas comisiones se dedicará a la “modificación/unificación de normativa” y la otra sobre “reclasificación profesional.” A esto nos hemos opuesto porque consideramos que ambas comisiones exceden del ámbito de actuación de la propia Comisión Paritaria, y deben ser formadas en la Comisión Negociadora del XVIII Convenio.

En la citada reunión el sindicato SEMAF solicitó estar presente en ambas comisiones, ya que por pleno derecho así nos corresponde. Analizaremos la forma en que podamos estar presentes. Por si fuera necesario hemos enviado el acuerdo firmado por la Paritaria a la asesoría jurídica, la cual adoptará las medidas legales para incluso impugnar los acuerdos adoptados.

Entendemos que es un error marginar a la tercera fuerza sindical, pero más aún en un tema tan delicado como es una modificación normativa y funcional, máxime teniendo en cuenta que nuestro sindicato representa a un colectivo con un enorme peso específico dentro de FEVE.

Existen dos motivos que nos impulsan a querer participar en estas comisiones:

1. El primero se debe a que nacen como consecuencia del nuevo marco estatutario que la empresa debe adoptar para incorporar a FEVE dentro de las normas legales comunitarias. La liberalización del sector obliga a realizar profundos cambios organizativos como veníamos anunciando desde hace años.
En RENFE se ha firmado un nuevo marco regulador de conducción que entendemos debe ser el documento base en FEVE. Los maquinistas han hecho un importante esfuerzo en cambios normativos para adaptarse a la nueva realidad, pero ese esfuerzo ha sido negociado y compensado con una importante mejora laboral y retributiva.

2. El otro motivo es que quienes vienen sosteniendo que a FEVE no le son de aplicación la Ley del Sector Ferroviario, los Reglamentos del Sector Ferroviario, las Directivas sobre Homologación de Maquinistas etc., no parecen ser los más adecuados para negociar un marco que precisamente debe recoger esos aspectos, y sin embargo quienes manteníamos desde su publicación la necesidad de que FEVE se adaptara a las nuevas normas, seamos excluidos.

Las medidas que estas comisiones deben adoptar van a repercutir sobre los maquinistas, talleres y agentes comerciales como principales colectivos afectados, y entendemos que cualquier decisión que nos afecte debe negociarse con nosotros. No vaya a ser que los acuerdos se conviertan en papel mojado.

NOTA: Ante la negativa de FEVE a abonar los atrasos sobre el plus de incidencias / cambio de turno, se informa a todos los maquinistas afiliados que deben realizar las oportunas reclamaciones individuales. Quien posea la petición reglamentaria presentada y registrada, que la aporte a la Sección Sindical correspondiente. Próximamente se informará de la documentación necesaria para exigir el cumplimiento del acuerdo del Acto de Conciliación con SEMAF.