Ante cualquier convocatoria de huelga, esta establecido un procedimiento para la recepción de la carta de servicios mínimos, el cual se detalla a continuación:

  • Se deberá recibir personalmente dicha carta, con acuse de recibo, debiendo constar en la misma fecha y hora de entrega, servicio completo que se debe realizar y hará referencia a la Orden Ministerial o Circular de Presidencia y Consigna que establece los servicios mínimos.
  • El correo electrónico no es un medio de comunicación validado para este tipo de comunicaciones.