Esta mañana a primera hora hemos recibido una llamada de la empresa en la que han mostrado su sorpresa sobre las irregularidades que hemos publicado sobre la nueva orden de servicio Os202001LA, ya sea por verdadero desconocimiento, o porque ningún otro sindicato les ha hecho ninguna manifestación de repulsa ni indignación sobre todas las irregularidades habidas.

Hemos vuelto a manifestar a la empresa nuestra indignación sobre como se ha estado llevando todo el proceso previo a la publicación de la orden de servicio, y hemos vuelto a remarcar los puntos que incumplen los vigentes acuerdos con el Comité de Empresa respecto a los criterios para la confección de turnos de maquinistas, que os vamos a señalar a continuación:

  • Hay gran cantidad de turnos que varían su horario original, según su nomenclatura, en mas de 20 minutos por delante o por detrás, hay alguno que hasta en 3 horas.
  • Hay un gran número de turnos, de varias residencias, que ven cambiado su lugar de inicio, sin que la empresa haya buscado un medio de transporte para desplazar al maquinista desde su centro de trabajo hasta el centro donde iniciará su servicio, de la misma manera esto también ocurre en su finalización.
  • Hay varios turnos que no cumplen con los descansos mínimos recogidos en las actas que los regulan, por ejemplo;

En servicio 100 (viernes día 10 de enero), ya hay turnos que no cumplen criterios:

  • El Q32. Le falta el segundo descanso. El primero lo tiene muy justo en la franja, pero no tiene ni 15 minutos más, lo que equivale al segundo descanso.
  • El turno Q76. No cumple criterios. Tiene 31 minutos fuera de franja y otros 34 minutos. No tiene los 35. Para cumplir le tienen que quitar una maniobra en Sant Boi.
  • El turno QM2: Es un turno parcial que se convierte en total. Tiene 40 minutos, pero fuera de franja, a las 5 horas y media pasadas empieza el descanso. No cumple criterios.
  • En el turno Q92 hay un error en una maniobra en el Boi, es más tarde.

Los siguientes turnos en servicio 100 no cumplen criterios, el Q32, Q76 y QM2.

En horario 400 / 500, no cumplen criterios los siguientes turnos:

  • El QB5 – Turno adicional – acaba a las 16: 21 horas, y eso es demasiado tarde para ser turno de mañana.
  • El QM5 – No tiene el descanso proporcional suficiente, sólo 16 minutos.
  • El Q32 – En 400 no tiene el descanso de 35 minutos en la franja (entre las 2 horas y media y antes de las 5 y media), lo tiene antes.
  • El QB10 – En 500 no tiene los 35 minutos en la franja.
  • El Q46 – El descanso de los 35 minutos está fuera de la franja.
  • El Q58 – Si realiza la maniobra de apartar el M 115 en ME no cumple con el descanso de 35 minutos, queda en menos, si la maniobra la realiza personal de depósito entonces es justo, pero cumple.
  • El Q92 – El descanso está antes de la franja y por mucho, por lo tanto, no cumple ni en 400 ni en 500.

Desde SEMAF no entendemos como ningún otro sindicato de nuestra empresa se haya pronunciado en contra de esta orden de servicio ni en como lo ha gestionado la empresa.

Es surrealista que una vez más tengamos que ser solo nosotros los que tengamos que velar por el cumplimiento de los acuerdos del Comité de Empresa, nosotros que no hemos firmado las actas que recogen los criterios para la confección de turnos de los maquinistas, por considerar que el descanso principal siempre es insuficiente por ser inferior a 45 minutos que es lo que contempla la normativa Europea y también la Española, y que no debe considerarse como tiempo a disposición, por ser descanso, y también porque en caso de incidencias en el servicio, este descanso no está garantizado y en muchas ocasiones no se cumple, ni los responsables velan porque los maquinistas descansen siempre estos tiempos mínimos de descanso.