Desde que el Tribunal Supremo, mediante sentencia 712/19, ratificara la Sentencia 65/2018 de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, son varias las ocasiones en las que se ha solicitado a la Dirección de la Empresa su cumplimiento, así como que se nos proporcionara o se nos permitiera acceder a la documentación necesaria para recopilar los datos necesarios que permitan ajustar de manera personalizada el cobro pendiente a todos los afectados.

Como quiera que la Empresa seguía sin cumplir dichas sentencias, sin abonar las cantidades correspondientes a cada uno de esos trabajadores y sin facilitarnos los datos sobre las horas realizadas en funciones docentes por cada trabajador, este incumplimiento se incorporó, como punto cuarto, en la comisión de conflictos presentada el pasado 4 de marzo.

La situación actual, derivada del estado de alarma decretado por la pandemia provocada por del COVID-19, está ralentizando su desenlace, por lo que, sin desistir de nuestro planteamiento de resolución por la vía sindical, hemos decidido retomar también la vía judicial.

Para ello, es necesario que los que hayáis impartido formación a personal externo a la Empresa, esto es, formación teórica y/o práctica a becarios y/o a personal de otras empresas: de Auxiliar de Operaciones del Tren, de Auxiliar de Cabina, de Operador de Vehículos de Maniobras, de habilitaciones de material, etc., desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha, independientemente de que hayáis efectuado o no reclamación administrativa en su momento, os pongáis en contacto con vuestra sección sindical para facilitarles los datos necesarios para formalizar la demanda de solicitud de actos preparatorios necesaria para que la empresa aporte los datos necesarios para formalizar las demandas, así como para rellenar y firmar la preceptiva autorización para poder presentarla.