En la tarde de ayer se reunió la Comisión Negociadora para la firma del preacuerdo del II Convenio Colectivo de Renfe Operadora, tras el acuerdo alcanzado la medianoche del pasado martes en el Ministerio de Fomento. El preacuerdo ha sido firmado por todas las organizaciones sindicales que componen el Comité General de Empresa.

El cuerpo del Convenio esta formado por un clausulado, dentro del cual hay que destacar lo siguiente:

ÁMBITO TEMPORAL. La duración del Convenio será del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2014, con posibilidad de prórroga hasta el 31 de diciembre de 2015.

En cuanto a la ultraactividad, una vez finalizado el convenio y denunciado el mismo, se amplia el mantenimiento del contenido normativo en 11 meses sobre lo establecido en el art. 86 del Estatuto de los Trabajadores.

TRATAMIENTO ECONÓMICO. Años 2011 y 2012 el establecido en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado (LPGE). Año 2013 el que se establezca en las LPGE. Año 2014 se negociará el tratamiento salarial conforme a los criterios fijados en las LPGE y los acuerdos alcanzados en la Mesa General de la Función Pública (MGFP).

Por lo que se refiere a la supresión de la paga extraordinaria o de las cantidades equivalentes descontadas en 2012, la Comisión Paritaria determinará la forma y destino de las citadas cantidades conforme a los criterios dispuestos en la LPGE o en el acuerdo de la MGFP.

EMPLEO Y COMPETITIVIDAD. Se establece una mesa específica de negociación que se encargará del análisis y evolución de los recursos humanos en los distintos colectivos y ámbitos.

NORMATIVA. Será de aplicación la Normativa Laboral vigente de Renfe Operadora a la fecha de la entrada en vigor del presente Convenio Colectivo.

 

 

 

 

 

JORNADA. Se especifica que la Normativa Laboral de Renfe Operadora contempla, entre otras regulaciones, la distribución de la jornada irregular, además de definir la jornada teórica anual para los trabajadores de Renfe Operadora, con el fin de evitar posibles reducciones de días de licencia por asuntos propios sin justificar o vacaciones.

SEMAF valora muy positivamente el acuerdo alcanzado, dado el contexto económico y social actual, pues permite garantizar en el ámbito laboral el mantenimiento de nuestras condiciones y, junto con el acuerdo alcanzado con el Ministerio de Fomento en relación con las Obligaciones de Servicio Público de Media Distancia Convencional, supone garantizar el nivel de empleo, que entendemos que debe ser nuestra prioridad absoluta en un momento como este y en la que seguiremos trabajando a través de la Mesa de Empleo y Competitividad creada a tal efecto.

Asimismo, propicia, si finalmente se concreta también el Convenio Colectivo de FEVE, un proceso de integración ordenado del personal de FEVE en nuestra empresa que permita trabajar con un horizonte temporal razonable en su plena integración a todos los efectos.

No obstante, somos conscientes de que estos acuerdos suponen sólo un paso dentro del complejo escenario creado por el Gobierno a raíz de los reales decretos aprobados el pasado mes de julio y que sólo ha sido posible alcanzarlos por la lucha llevada a cabo en estos meses con el respaldo de todos los trabajadores ferroviarios y especialmente del personal de conducción. Pero es un paso muy importante porque permite afrontar con mayores garantías el resto del proceso, que, sin duda, será complicado y difícil y que requerirá continuar con la misma firmeza sindical y el respaldo unánime de los trabajadores.