El pasado día 20 de mayo de 2.009 se reunió la Comisión Paritaria y, a continuación, la Comisión Negociadora del XVIII Convenio Colectivo.
Los temas a tratar fueron: la bolsa horaria, la prima de productividad del 2008 y el incremento salarial del 2009.

Nuestra postura fue la de hablar de estos tres ternas, y con respecto a cada uno de ellos:
1. Incremento salarial del 2009: era, y es, el de la equiparación con RENFE Operadora y ADIF, donde se está aplicando una subida del 3.87 %.
2. En cuanto a la prima de productividad que se cumpla lo acordado respecto al 2008 de un 1 %.
3. De la bolsa horaria que se respete lo acordado en el convenio y acuerdos posteriores, que son ley.

BOLSA HORARIA
La empresa con despotismo ha modificado el criterio de abono y compensación de descansos, llegando a veladas amenazas a quienes se nieguen a disfrutar la bolsa horaria en las condiciones que la Dirección de FEVE impone, y no con las acordadas en el convenio y en Gijón el 24 de marzo del presente año.

Este tema será objeto prioritario de debate interno, y la Comisión Ejecutiva de SEMAF valorará la forma de dar respuesta a este ataque a los derechos legales de los trabajadores.
El convenio colectivo es claro: las horas de exceso sobre lo grafiado que no excedan de 50 debe ser el trabajador quien ejerza su voluntad sobre ellas. Es el trabajador el que dispone de ellas.

El asunto de la bolsa horaria finalizó sin acuerdo.

PRIMA DE PRODUCTIVIDAD DEL 2.008
Se acuerda que su abono, 1 % de la masa salarial, será en la próxima nómina de junio.

INCREMENTO SALARIAL DEL 2.009
El incremento salarial para el año 2009 quedó claro por toda la parte social que debe ser el mismo que el acordado en RENFE -Operadora y ADIF, es decir el 3,87 % de la masa salarial.
La postura de SEMAF es que el 3% ha de ser en tablas, igual que se ha hecho en RENFE-Operadora y ADIF.

Este incremento salarial se dividiría en tres partes:
1. La empresa manifiesta que el incremento salarial autorizado por la CECIR es de un 3 % para el año 2.009. Se alcanzó un acuerdo previo en este asunto de que en la nómina de julio se abonará el 3% de incremento en aquellos conceptos salariales que las partes acuerden.
2. Existe la posibilidad de un 0,5 % adicional, que necesariamente deberá ser en un plan de pensiones.
3. El 0.37 será objeto de negociación con la CECIR.