Con el fin de seguir mejorando las coberturas de nuestra afiliación, a partir del 30 de diciembre de 2025, SEMAF ha contratado una nueva póliza de seguro por Incapacidad Temporal con la compañía Surne.

A continuación, te detallo las Garantías contratadas:

Con la nueva gestión de la Incapacidad Temporal por Enfermedad Común es obligatorio notificar la baja en el momento de producirse a la Secretaría de Sección Sindical para poder abrir el expediente correspondiente. De no realizarse dicha comunicación supondrá la no cobertura de ésta.

Toda la tramitación de documentación y la consulta de dudas se realizará a través de la Secretaría de Sección Sindical. Es muy importante recordarte que el plazo de comunicación del alta será de 45 días a partir de ese momento. El incumplimiento de este plazo también supondrá la no cobertura del siniestro.

La documentación necesaria para aportar a la Sección Sindical es:
– Modelo de solicitud de abono.
– Parte de baja y alta y todas las confirmaciones.
– Fotocopia DNI por ambas caras.
– Certificado de titularidad de cuenta para realizar los ingresos correspondientes.
– Cualquier documento que SEMAF o la compañía considere necesario.