Adjuntamos la documentación actualizada para todas las peticiones de ayuda graciable. El extracto de requisitos para la solicitud de ayudas graciables es el actualizado a fecha de hoy. En el mismo, recalcan claramente todo lo estrictamente necesario para que sean concedidas las ayudas solicitadas. Queremos recordar que toda petición debe hacerse en estos documentos, de no ser así, la solicitud de ayuda graciable será devuelta.

Igualmente se adjunta el modelo original de solicitud, que se encuentra en vigor desde el 9 de julio, aunque sin modificaciones importantes al anterior.

Aprovechamos para recordar una vez más, que todas las facturas deben ser originales y que si hay cualquier deficiencia en cuanto a datos, documentación o facturas, el expediente es devuelto entero al trabajador.

A partir del 1 de enero del 2020, habrá alguna modificación sustancial que iremos avisando cuando se acerque la fecha. Las más importantes serán:

  1. Se podrá efectuar una sola solicitud de ayuda graciable, cada 12 meses, contados desde la fecha de la recepción de la última solicitud.
  2. Esta solicitud incluirá todas las facturas, (agente y beneficiarios), que sean valorables, incluidas en los 12 meses anteriores a la fecha de recepción de la solicitud.
  3. El importe mínimo de la suma de las facturas será de 250 €.

De todo ello informaremos posteriormente, así como de cualquier modificación sobre los requisitos y objeto de las futuras ayudas.